Estimados Kinesiólogos:
Les comunicacmos que a partir del 1ro de Abril de 2013 en nuestro carácter de agente de retención, deberemos aplicar las resoluciones Nro 1105 de AFIP (IVA - retención del 14%) y nro 2616 de AFIP (Gcias - retención del 35%) a los profesionales que figuren inscriptos como Monotributistas y cuya facturación de los últimos 12 meses supere los 200.00 pesos.
Por ello les pedimos que consulten con vuestros respectivos contadores, y en caso de cambiarse de categoría en IVA nos informen en forma urgente dicha situación.
Muchas gracias
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